Implementación de los derechos indígenas de la Constitución de la Ciudad de México



  -Antecedentes

El 5 de Febrero de 2017, se publico la Constitución de la Ciudad de México, la cual a la par de su importancia por ser la conquista de la demanda más antigua de la izquierda mexicana es también el primer ejercicio que reconoce derechos a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes de la Ciudad de México, de destacar en este hecho se encuentra: que en ella se reconoce “el carácter de sujetos colectivos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio”, demanda en la materia desde los Acuerdos de San Andres Larraizar;  integra como parte del derecho local los instrumentos jurídicos en la materia dentro de ellas la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas; por ultimo ha sido una legislación consultada a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes antes de su aprobación.

La implementación de esta Constitución supone el nacimiento de una nueva relación de pueblos, barrios y comunidades y los componentes del Estado, principalmente el Gobierno de la Ciudad. La Constitución reconoce derechos y reconoce obligaciones al Gobierno para la garantía de una Ciudad Intercultural, pero para que se materialice un buen vivir a los integrantes de estas colectividades se requiere de un esfuerzo administrativo para entablar  un dialogo de construcción, en primer lugar del marco jurídico y después de la aplicación de la política publica, en lo primero un paso para conseguirlo es la legislación en la materia, la cual conforme a la Constitución tiene que publicarse a mas tardar el 5 de febrero de 2019.


-Propuesta.

Convocar dentro del Proceso de Transición a un grupo plural de acompañamiento en la materia integrado representantes de pueblos, diputados electos y especialistas en el tema para elaborar: una iniciativa de Ley de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes(basada en el Proyecto presentado en marzo de 2015 producto de una consulta); un protocolo de Consulta conforme a los estándares internacionales; una metodología para la creación del Sistema de Información (contenido en la Constitución).

Como una de las primeras acciones gubernamentales que esta Iniciativa al Congreso de la Ciudad, el cual someterá a Consulta durante los meses  diciembre y enero basado en el protocolo de Consulta.

Implementar Procesos de Consulta para el Plan Provisional de Gobierno, así como en los que competen desarrollar al Instituto de Planeación, por lo tanto integrar una acción afirmativa indigena/originaria dentro de la Junta de Gobierno y Consejo Ciudadano.

Creación del Órgano de Implementación conforme a la Consulta realizada, buscando que su integración sea horizontal a los pueblos, así como la implementación de políticas publicas garantía de los derechos colectivos en forma de políticas públicas transversales en materias de: salud, medio ambiente, educación, desarrollo rural y trabajo.

Con base en la Constitución y en la Consulta, presentar una propuesta de armonización legislativa para restituir los derechos de los pueblos en la materia electoral, administrativa y judicial.

Enviar una Propuesta de Presupuesto de Egresos que cuente con un anexo especial y transversal para el gasto en materia de pueblo, barrios y comunidades.








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